SAT
Salinas Pliego deberá pagar lo que decida la Corte: CSP
La Mandataria federal recordó que el máximo tribunal tiene agendados temas del Grupo Salinas esta semana
Ciudad de México.- La Presidenta Claudia Sheinbaum afirmó que será la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quien determine el monto que el empresario Ricardo Salinas Pliego deberá pagar por sus adeudos fiscales, y que la resolución se aplicará conforme a la ley.
Durante la mañanera, la Mandataria federal recordó que el máximo tribunal tiene agendados temas del Grupo Salinas esta semana.
“Primero, parece que la Corte puso en su agenda, enlistó en su agenda algunos casos de este grupo empresarial y tendrá que resolver la Corte lo que la Corte considere de acuerdo con sus criterios”, dijo Sheinbaum.
“Lo he dicho aquí muchas veces, este grupo empresarial tiene adeudos con el fisco, con el SAT, que suman un monto y de acuerdo con el Código Fiscal tiene derecho a descuentos, como cualquier contribuyente, que si decide pagar tiene derecho a descuentos que se calculan de acuerdo con lo que dice estrictamente el Código Fiscal, eso es lo primero”.
“Está enlistado para resolverse y que de acuerdo con lo que decida la Corte a la hora de pagar él tiene incluso derecho a descuentos establecidos en el Código Fiscal, o si decide pagar antes también, estrictamente lo que dice la ley, porque lo que él está diciendo es que el SAT está imponiéndole que pague lo que no es legal y eso pues nunca se hará así”.
“Es muy claro el Código Financiero (sic) y tendrá que pagar lo que dice sus, no son auditorías, cómo se llaman, los créditos fiscales, lo que resuelva la Corte y lo que diga el Código Fiscal, eso es lo primero que es muy importante”.
“Nosotros jamás vamos a hacer algo autoritario, algo que tenga que ver con hacer algo que esté fuera de la ley, nunca, no haríamos nada de eso”.
Sobre el posicionamiento político del empresario, quien se autodefinió como integrante de la ultraderecha, la Presidenta señaló que ese enfoque está históricamente asociado con posturas autoritarias.
“La ultraderecha lo que defiende es el autoritarismo. La ultraderecha no tiene nada que ver con las libertades, no tiene nada que ver con la democracia”, aseveró.
La Presidenta sostuvo que el debate político puede discutirse públicamente, pero que el pago de impuestos no está sujeto a opinión.
“Entonces: debe impuestos, que pague y lo que dice la ley que tiene que pagar. Punto”, agregó.
Agencias
SAT
Suena ‘cajita recaudatoria’ del SAT en noviembre
Ciudad de México.- De enero a noviembre de 2025, la recaudación de impuestos en México alcanzó un monto de 4 billones 905 mil 415 millones de pesos, un aumento real de 4.6% respecto a igual periodo de 2024.
Lo anterior, representó un nuevo récord, y contribuyó a que los ingresos totales del gobierno federal superen en 102.3% a lo autorizado por el Congreso de la Unión, destacó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en un comunicado.
Cabe recordar que para todo el presente ejercicio se tiene programado captar un total de 5.2 billones de pesos, de acuerdo con la Ley de Ingresos de la Federación 2025.
ISR, el impuesto como mayor crecimiento
Los ingresos con el mayor incremento fueron por el Impuesto Sobre la Renta (ISR) con 5.1% al acumular por esa vía 2 billones 652 mil 597 millones de pesos en 11 meses.
Según datos del SAT eso significó que entraron 222 mil 532 millones de pesos más sobre lo que pagaron empresas y contribuyentes de enero a noviembre de 2024 por el ISR.
Con el segundo lugar sobresalió lo que se percibió con el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) con 4.4%.
Se obtuvieron 617 mil 787 millones de pesos al cierre de noviembre pasado, es decir una cantidad mayor en 47 mil 775 millones de los que entraron a las arcas del gobierno federal por el IEPS en el mismo periodo de un año antes.
En cambio la tasa de crecimiento más baja la reportó el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) con 1.4% en términos reales, pese a que el monto fue considerable con 1 billón 369 mil 885 millones de pesos.
Pero fueron 68 mil 540 millones de pesos extras lo que se obtuvieron por ese concepto, si se toma en cuenta lo que pagaron los causantes por el gravamen al consumo de enero a noviembre de 2024.
Todo eso contribuyó a que la suma en general de ingresos del Gobierno Federal, encabezado por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, totalizaran 5 billones 529 mil 814 millones de pesos, aseguró el SAT, y a que tuvieran un incremento de 5.9% en términos reales respecto al mismo periodo del año previo.
Destacó que esa cifra indica que hubo 500 mil 591 millones de pesos en relación a los 11 meses del presente ejercicio que está por terminar.
Agencias
SAT
Equipan al SAT con letal arsenal
Pueden dejar indefenso a cualquier contribuyente frente a la más mínima sospecha de estar relacionado con presuntas factureras o de haber cometido otro delito fiscal
Ciudad de México.- Todo un arsenal de facultades, casi ilimitadas y discrecionales, acumula el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para sancionar a un contribuyente en 2026, advirtieron fiscalistas.
A partir del 1 de enero, el SAT estrena nuevas “armas” que, sumadas a las que ya tenía, pueden dejar indefenso a cualquier contribuyente frente a la más mínima sospecha de estar relacionado con presuntas factureras o de haber cometido otro delito fiscal.
“Utilizando términos bíblicos, se nos vienen encima los cuatro jinetes del SATocalipsis”, dijo un analista que solicitó el anonimato.
El “armamento” incluido en la Ley de Ingresos de la Federación 2026 contempla cambios al Código Fiscal de la Federación (CFF) que amplían facultades al SAT, entre las que destaca este póker de amenazas:
1.- El contribuyente podría ir a la cárcel si el SAT lo relaciona con una presunta facturera.
Con las nuevas disposiciones, la autoridad puede solicitar prisión preventiva oficiosa contra quien decida: basta publicar en su portal y el Diario Oficial de la Federación la lista de “factureros”.
Pero, además, el SAT podrá ir contra los clientes del presunto facturero.
De esta forma, todas las personas físicas o morales que recibieron facturas de estos supuestos infractores tendrán 30 días para revertir efectos con declaraciones complementarias.
Y es que, una vez que una empresa es declarada “facturera”, todas sus facturas son falsas y traslada el problema a sus clientes, sin importar que la operación haya sido real o no.
“Basta que esa autoridad tan sólo sospeche que un contribuyente emitió o recibió una factura que ampare una operación simulada para retirarle sus sellos digitales, lo que le impedirá seguir operando”, advirtió Gustavo Leal Cueva, socio de la firma consultora Fiscalia, Los especialistas anticipan que con la simple sospecha del SAT de que un contribuyente es emisor de facturas de operaciones simuladas (EFO), o que es receptor de ellas para deducirlas de impuestos (EDO), podrá solicitar prisión preventiva oficiosa.
La pena por este “delito” va de dos a nueve años de cárcel.
2.- El SAT podrá determinar la cancelación de sellos fiscales y el congelamiento de cuentas a quienes hayan recibido facturas del contribuyente que la autoridad declare “facturero”.
La cancelación de este sello impide a la empresa facturar.
“Y si un negocio no puede facturar o acceder a sus cuentas bancarias, simplemente se muere”, sentenció Leal Cueva.
3.- Si el SAT decreta un adeudo (crédito fiscal) a un contribuyente y éste decide interponer un recurso de revocación o juicio de nulidad contra la autoridad, el causante deberá garantizar el monto total a través de un depósito en efectivo en el Banco del Bienestar.
“Antes, el contribuyente afectado podía dejar en garantía bienes de su propiedad.
Ya no”, advirtió Bernardo Elizondo Ríos, socio del despacho de abogados Adame Elizondo. “Esto es durísimo”.
Carlos Ramírez Larsen, socio de Tax Controversy de la firma de consultoría Deloitte, explicó que la garantía del interés fiscal hasta ahora podía ser de múltiples formas, como pudieran ser bienes inmuebles o una fianza, pero a partir del 1 de enero deberá ser con un depósito en el Banco del Bienestar.
“Si el contribuyente carece de capacidad económica, deberá otorgar hasta donde ésta alcance y el resto deberá hacerlo con una carta de crédito de una institución financiera”, señaló. “y si la niegan, deberá presentar bienes muebles y hasta, en último caso, hipoteca”.
4.- El contribuyente que busque defenderse en los tribunales ahora lo hará ante jueces electos mediante “acordeones”.
Los expertos advierten así un escenario lleno de nubarrones.
“Si pensamos bien”, indicó otro especialista, “son facultades que promoverán el cumplimiento fiscal.
“Pero si pensamos mal, es un durísimo mecanismo de control para castigar a cualquiera que sea incómodo al régimen”, afirmó.
Agencias
SAT
El SAT se cobrará ‘a lo chino’
Busca que sí o sí, los contribuyentes paguen sus créditos fiscales a costa de aumentarles la presión financiera
Ciudad de México.- Con la aprobación de la Ley de Ingresos 2026 por el Senado también se avaló la reforma al artículo 141 del Código Fiscal, que busca que sí o sí, los contribuyentes paguen sus créditos fiscales a costa de aumentarles la presión financiera, advirtieron especialistas.
Ese artículo se aplica cuando un contribuyente (persona física o moral) presenta un juicio o revocación contra el SAT, es decir, cuando se impugna por una resolución, por ejemplo de un crédito fiscal.
Juan Carlos Pérez Góngora, socio director del Despacho Pérez Góngora y Asociados, señaló que con la reforma se deberá garantizar el interés fiscal desde el primer medio de defensa, es decir, desde que inicia la impugnación, cuando actualmente no es así.
“Hoy en día los medios de defensa son sobre una liquidación de la autoridad fiscal, es el recurso de revocación ante la misma autoridad administradora, después sigue el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y luego te vas al juicio de amparo en el Poder Judicial.
“En la actualidad tú tienes que garantizar el interés fiscal cuando te vas al juicio de nulidad ante el tribunal y ante el amparo, no cuando te vas al recurso de revocación con la misma autoridad, ahí no garantizas el interés fiscal”.
Otros cambios, refirió un fiscalista que pidió omitir su nombre, es que actualmente el artículo 141 ofrece siete opciones diferentes para presentar una garantías del interés fiscal, es decir, la figura que se usa para asegurar el pago de un crédito fiscal que está siendo impugnado.
Esas garantías son: depósito en dinero, carta de crédito, prenda o hipoteca, fianza, obligación solidaria, embargo y títulos valor o cartera de créditos.
Con la reforma se estableció un “orden obligatorio” en el que la primera opción se trata de un billete de depósito y en una institución autorizada.
“Es prácticamente en efectivo y seguramente va a ser en el Banco del Bienestar o en el Banco del Ejército, en algún banco de Gobierno.
“Al establecer un orden obligatorio en las formas de garantía y excluir ciertos bienes se limita la capacidad de las personas físicas y morales para cumplir con esta obligación de manera flexible”, dijo el fiscalista.
Añadió que en caso de no garantizar el crédito fiscal conforme a lo dispuesto, la autoridad puede proceder legalmente al embargo de cuentas bancarias, bienes muebles e inmuebles o incluso intervenir la negociación del contribuyente sin suspender los actos de cobro.
Afirmó que la nueva redacción del artículo 141 refuerza la capacidad del SAT para actuar con rapidez y limitará la flexibilidad que hoy tiene el contribuyente.
“Se incrementa el riesgo operativo y financiero de quienes no cumplan oportunamente con la garantía”.
Detalló que entre los cambios en cuanto a las garantías el SAT no aceptará predios rústicos, ni tampoco bienes intangibles en el caso de la garantía de “prenda o hipoteca”.
También se agregó en la reforma que cuando el contribuyente ofrezca en más de dos ocasiones alguna de las garantías señaladas no podrá aceptar el mismo bien en dichas modalidades.
“Muchas pymes y personas físicas no tendrán la capacidad para inmovilizar capital o conseguir una carta de crédito”, advirtió el fiscalista, “en la práctica, el contribuyente podría no ejercer su derecho de defensa fiscal, si no logra garantizar primero el crédito fiscal conforme al nuevo orden”.
Pérez Góngora agregó: “Desafortunadamente las reformas vienen a meter más trabas a la actividad económica de las empresas, y obviamente a las pequeñas y medianas empresas, son las que salen más perjudicadas”.
Agencias
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